¿Cuántas faltas justificadas pueden provocar despido?

Una de las dudas más frecuentes en el ámbito laboral es si las faltas justificadas al trabajo pueden terminar provocando un despido. Durante años existió una gran controversia sobre esta cuestión, especialmente porque determinadas ausencias, aun estando justificadas, podían tener consecuencias en la continuidad del contrato laboral.

Actualmente, en derecho laboral español, la respuesta exige una precisión fundamental: las faltas justificadas, por regla general, no pueden utilizarse automáticamente como causa disciplinaria de despido, pero su análisis depende de la causa concreta, de la forma de acreditación y del contexto jurídico aplicable.

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¿Qué se entiende por falta justificada?

Se considera falta justificada aquella ausencia al trabajo respaldada por una causa legal, médica o documentalmente acreditable.

Entre los supuestos más habituales se encuentran:

  • baja médica por incapacidad temporal,
  • asistencia médica acreditada,
  • hospitalización,
  • deberes públicos inexcusables,
  • permisos legales,
  • causas familiares legalmente reconocidas.

En estos casos, la ausencia no constituye incumplimiento disciplinario porque existe una causa objetiva que la respalda.

La empresa no puede despedir por una ausencia correctamente justificada

Cuando el trabajador acredita debidamente la causa de su ausencia, la empresa no puede calificarla como falta disciplinaria.

Es decir:

  • no existe desobediencia,
  • no existe abandono del puesto,
  • no existe incumplimiento culpable.

Por ello, desde la perspectiva disciplinaria, una falta justificada no debe generar despido por sí sola.

La importancia de justificar correctamente la ausencia

El problema jurídico muchas veces no reside en la ausencia, sino en la falta de acreditación.

Una ausencia médicamente justificada pierde fuerza protectora si:

  • no se comunica a tiempo,
  • no se entrega justificante,
  • existe retraso reiterado en la documentación.

Por ello es esencial conservar siempre prueba documental.

Diferencia entre falta justificada y falta injustificada

La empresa sí puede sancionar cuando la ausencia no está debidamente acreditada.

Falta justificada

Existe causa legal o documental.

Falta injustificada

No existe causa acreditada o no se comunica correctamente.

Esta diferencia es decisiva en cualquier procedimiento de despido.

Las faltas justificadas y la antigua extinción objetiva

Durante un tiempo, la legislación española permitía extinguir contratos por determinadas ausencias justificadas intermitentes que superaban ciertos porcentajes.

Sin embargo, ese régimen desapareció y hoy la ausencia justificada, por sí sola, no constituye causa automática de extinción contractual en esos términos.

¿Cuándo una ausencia justificada puede generar conflicto?

Existen situaciones donde la empresa discute la validez de la justificación.

Por ejemplo:

  • justificante insuficiente,
  • ausencia sin cobertura horaria concreta,
  • documentos incompletos,
  • falta de coincidencia temporal.

En estos casos puede surgir controversia sobre si realmente existe causa protegida.

La baja médica no permite despido por absentismo

La incapacidad temporal correctamente reconocida no puede ser tratada como incumplimiento disciplinario.

Mientras exista baja médica:

  • la ausencia está legalmente protegida,
  • no puede imputarse como falta disciplinaria,
  • no puede usarse como causa automática de despido.

El convenio colectivo también influye

Cada convenio colectivo regula:

  • faltas leves,
  • faltas graves,
  • faltas muy graves,
  • criterios disciplinarios.

Pero incluso en convenio, las ausencias justificadas mantienen su protección legal básica.

¿Qué ocurre si la empresa despide pese a existir justificación?

Si la empresa despide atribuyendo faltas que realmente estaban justificadas, puede abrirse una impugnación judicial.

En estos casos se analiza:

  • prueba documental,
  • fechas,
  • comunicaciones realizadas,
  • proporcionalidad empresarial.

La carta de despido debe ser precisa

Si existe despido, la empresa debe describir con exactitud:

  • qué días se imputan,
  • por qué se consideran faltas,
  • qué incumplimiento existe.

Una carta genérica puede debilitar la posición empresarial.

¿Qué hacer si recibes una carta de despido?

La forma prudente de firmar es:

“Recibido, no conforme”

Esto permite:

  • reconocer recepción,
  • no aceptar el contenido,
  • mantener derecho de reclamación.

Plazo para reclamar

El trabajador dispone de 20 días hábiles para impugnar el despido.

No computan:

  • sábados,
  • domingos,
  • festivos.

Conclusión

En España, las faltas justificadas correctamente acreditadas no deberían provocar despido disciplinario.

Lo decisivo es que exista una causa real, bien comunicada y documentalmente respaldada.

En muchos conflictos laborales, la diferencia entre conservar el empleo o afrontar un despido no está en faltar al trabajo, sino en cómo se acredita jurídicamente esa ausencia.

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