Te despiden, te indemnizan… y luego llega Hacienda
Recibir una indemnización por despido improcedente puede parecer un alivio económico. Pero hay una pregunta clave que muchos se hacen tarde: ¿cuánto tengo que pagar a Hacienda por ese dinero?
La respuesta no es tan simple como “todo está exento”. De hecho, dependiendo de la cuantía, podrías tener que tributar… y bastante.
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¿La indemnización por despido improcedente tributa en el IRPF?
Respuesta directa
La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF, pero solo hasta ciertos límites.
Base legal
Se regula en:
- Ley 35/2006 del IRPF (artículo 7.e: rentas exentas)
- Estatuto de los Trabajadores (artículo 56) (cálculo indemnización)
- Ley 58/2003 General Tributaria
¿Cuál es el límite exento en 2025?
Clave fundamental
Está exenta la indemnización obligatoria según ley, con un máximo de:
- 180.000€
¿Cómo se calcula la indemnización legal?
Para despido improcedente:
- 33 días de salario por año trabajado
- Máximo: 24 mensualidades
(Para antigüedad anterior a 2012 puede haber tramos de 45 días)
¿Cuándo tributa la indemnización?
Tributarás en estos casos:
- Si superas los 180.000€
- Si recibes una cantidad superior a la legal
- Si hay pacto o acuerdo voluntario fuera del marco legal
Ejemplo práctico paso a paso
Caso 1: indemnización dentro del límite
- Años trabajados: 10
- Salario anual: 30.000€
- Indemnización: 27.123€ aprox.
Resultado:
- Total exento
- IRPF: 0€
Caso 2: indemnización superior al límite
- Indemnización total: 200.000€
- Límite exento: 180.000€
Resultado:
- 180.000€ → exentos
- 20.000€ → tributan
¿Cómo tributa el exceso?
El exceso tributa como:
- Rendimiento del trabajo irregular
Ventaja fiscal
Puede aplicarse una reducción del 30% si:
- Se genera en más de 2 años
- Se imputa en un solo ejercicio
Ejemplo con tributación
- Exceso: 20.000€
- Reducción 30%: -6.000€
- Base imponible: 14.000€
Tributación según tramos IRPF → impacto real menor
¿Cómo calcular el IRPF de tu indemnización?
Pasos clave
- Calcula indemnización legal
- Comprueba si supera 180.000€
- Determina exceso
- Aplica reducción del 30% si procede
- Integra en base general
Errores frecuentes
- Pensar que toda la indemnización está exenta
- No aplicar el límite de 180.000€
- No aplicar reducción por irregularidad
- No distinguir despido improcedente de acuerdo voluntario
¿Qué pasa si el despido no es reconocido como improcedente?
Si no hay:
- Reconocimiento judicial
- Acto de conciliación
La indemnización puede no estar exenta.
Normativa aplicable
- Ley 35/2006 del IRPF (artículo 7.e y 18)
- Estatuto de los Trabajadores (art. 56)
- Ley 58/2003 General Tributaria
FAQ – Preguntas frecuentes
¿La indemnización por despido improcedente tributa?
No, hasta el límite legal y máximo de 180.000€.
¿Qué parte paga impuestos?
El exceso sobre la indemnización legal o sobre 180.000€.
¿Se aplica retención?
Generalmente no en la parte exenta.
¿Puedo reducir el impacto fiscal?
Sí, con la reducción del 30% por irregularidad.
¿Qué pasa si es un acuerdo privado?
Puede perder la exención.
¿Tributa como salario?
Sí, el exceso tributa como rendimiento del trabajo.
Conclusión épica: no todo lo que cobras es para ti… pero puedes optimizarlo
Una indemnización por despido improcedente puede ser un colchón financiero… o una sorpresa fiscal si no entiendes cómo funciona el IRPF.
La clave no es evitar pagar impuestos, sino saber exactamente cuándo no tienes que pagarlos.
Porque en fiscalidad, conocer los límites no es opcional… es lo que separa perder dinero de conservarlo.


