En los últimos años se ha vuelto cada vez más frecuente que algunas empresas comuniquen el despido mediante un mensaje de WhatsApp, un correo electrónico o incluso una llamada telefónica. Esta práctica genera muchas dudas entre los trabajadores: ¿es legal?, ¿tiene validez?, ¿qué derechos se conservan?
La respuesta es clara: el despido debe cumplir unos requisitos formales estrictos y, si no se respetan, puede ser declarado improcedente o incluso nulo.
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¿Es válido un despido comunicado por WhatsApp o email?
Depende.
En España, el despido disciplinario debe notificarse por escrito conforme al artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores, indicando:
- Los hechos que lo motivan.
- La fecha en que tendrá efectos.
Asimismo, el despido objetivo debe formalizarse por escrito conforme al artículo 53.1.a del Estatuto de los Trabajadores.
Por tanto, el uso de medios electrónicos como WhatsApp o correo electrónico no invalida automáticamente el despido, siempre que el mensaje:
- Sea escrito.
- Identifique claramente la voluntad empresarial de extinguir el contrato.
- Explique la causa del despido.
- Indique la fecha de efectos.
Si el mensaje no contiene estos elementos, el despido puede considerarse defectuoso.
¿Y si el despido se comunica solo por llamada telefónica?
Una llamada telefónica, por sí sola, no cumple el requisito legal de comunicación escrita exigido por el Estatuto de los Trabajadores.
En estos casos, la empresa no ha formalizado correctamente el despido, lo que puede dar lugar a que el despido sea declarado improcedente.
Marco legal aplicable
Constitución Española
La reconoce:
- Artículo 24: derecho a la tutela judicial efectiva.
- Artículo 35: derecho al trabajo.
Estatuto de los Trabajadores
- Artículo 53.1.a: forma escrita en despidos objetivos.
- Artículo 55.1: forma escrita en despidos disciplinarios.
- Artículo 56: consecuencias del despido improcedente.
Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
La impugnación del despido debe realizarse en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción.
Señales de que el despido puede ser irregular
El trabajador debe extremar la atención si:
- Recibe un simple mensaje diciendo “ya no vengas mañana”.
- No se explican las causas del despido.
- No se entrega carta de despido.
- No se abona finiquito ni indemnización cuando corresponda.
- Se bloquea el acceso al correo o a las instalaciones sin documentación formal.
Qué hacer si te despiden por WhatsApp, email o llamada
1. Guarda todas las pruebas
Conserva:
- Capturas de pantalla del WhatsApp.
- Correos electrónicos.
- Registros de llamadas.
- Mensajes de voz.
Estas pruebas pueden ser fundamentales en un procedimiento judicial.
2. Solicita la carta de despido
Puedes responder por escrito:
“Solicito la entrega de la carta de despido con indicación de los hechos y la fecha de efectos, conforme al Estatuto de los Trabajadores.”
3. No firmes documentos sin revisarlos
Si te entregan documentos posteriormente, revisa su contenido y, si tienes dudas, firma añadiendo:
“No conforme”
4. Comprueba si te han dado de baja en la Seguridad Social
La empresa puede tramitar la baja aunque no haya comunicado correctamente el despido.
5. Consulta con un abogado laboralista
Un profesional podrá valorar si el despido es improcedente o nulo.
6. Presenta papeleta de conciliación
El plazo para reclamar es de 20 días hábiles. Si se deja pasar este plazo, el despido deviene firme.
Consecuencias de un despido improcedente
Si el juez declara el despido improcedente conforme al artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa deberá optar entre:
- Readmitir al trabajador.
- Abonar la indemnización legal de 33 días de salario por año de servicio (con los límites legales).
¿Puede ser nulo el despido?
Sí. Si el despido vulnera derechos fundamentales (por ejemplo, embarazo, reducción de jornada, discriminación o represalia), puede declararse nulo, obligando a la empresa a:
- Readmitir al trabajador.
- Abonar los salarios dejados de percibir.
Ejemplo práctico
Pedro recibe un WhatsApp de su jefe que dice:
“No hace falta que vuelvas mañana. Estás despedido.”
No se indica motivo ni fecha formal, ni se entrega carta de despido. Pedro presenta papeleta de conciliación y posteriormente demanda. El juzgado declara el despido improcedente por incumplimiento de los requisitos formales del artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Se puede cobrar el paro?
Sí, siempre que la empresa haya comunicado la baja por despido a la Seguridad Social y al SEPE. Sin embargo, si existen errores o la empresa ha tramitado una baja voluntaria, será necesario reclamar.
Recomendaciones clave
Si te despiden por WhatsApp, email o llamada:
- Guarda todas las pruebas.
- Solicita la carta de despido.
- No firmes sin revisar.
- Controla el plazo de 20 días hábiles.
- Busca asesoramiento legal.
Conclusión
El hecho de que una empresa comunique el despido por WhatsApp o correo electrónico no significa necesariamente que el despido sea válido. Lo determinante es que se cumplan los requisitos legales de forma y contenido exigidos por el Estatuto de los Trabajadores.
Cuando la comunicación es deficiente o se realiza solo por llamada telefónica, el trabajador puede impugnar el despido y obtener una declaración de improcedencia o nulidad.
Ante cualquier duda, actuar con rapidez es esencial para no perder derechos.


